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dc.contributor.authorOliveros Acosta, Sara Carolinaes_ES
dc.date.accessioned2015-07-13T17:44:31Z
dc.date.available2015-07-13T17:44:31Z
dc.date.issued2010-11es_ES
dc.identifier.citationOLIVEROS ACOSTA, Sara Carolina. ¿Es dable exigir la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad, en materia agraria?. En Notas de Derecho. Noviembre de 2010, no.3 pp. 112-126. ISSN 2027-1611es_ES
dc.identifier.issn2027-1611es_ES
dc.identifier.urihttps://digitk.areandina.edu.co/handle/areandina/346
dc.descriptionArtículo corto de estudio críticoes_ES
dc.description.abstractLa conciliación en Colombia se encuentra establecida en la Constitución Nacional, leyes, decretos, resoluciones, entre otras. Con un panorama tan amplio de normas que rigen la conciliación, no es dificil encontrar contradicciones, confusión en la vigencia, falta de claridad en su aplicación, alcances y hasta desconocimiento de su existencia por los operadores de la conciliación. El conocimiento y decisión de los conflictos que se originan en las relaciones de naturaleza agraria, en particular de los derivados de la propiedad, posesión y mera tenencia de predios agrarios, corresponden a la jurisdicción agraria, teniendo en cuenta la ubicación del bien al que están afectados y la cuantía de las pretensiones.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherPereira: AREANDINA. Fundación Universitaria del Área Andinaes_ES
dc.subjectAgrariedades_ES
dc.subjectConciliaciónes_ES
dc.subjectServidumbre de tránsitoes_ES
dc.subjectRequisito de procedibilidades_ES
dc.title¿Es dable exigir la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad, en materia agraria?es_ES
dc.typeArticlees_ES


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